Hablar de seguros de vida es hablar de protección, de amar, de querer dejarlo todo en orden. Pero llega un momento en que ese seguro que parecía lejano se activa. Y entonces, cuando una persona querida nos ha dejado, es cuando hay que realizar los trámites para reclamar el capital asegurado.
Sabemos que en esos momentos cuesta ponerse a hacer gestiones. Por eso, queremos ponértelo fácil. En este artículo te explicamos, paso a paso y con un lenguaje claro, qué hay que hacer para cobrar un seguro de vida de riesgo, y qué documentos hay que aportar.
Primer paso: saber si hay un seguro de vida
Si no tienes claro si la persona fallecida tenía un seguro de vida, lo primero que puedes hacer es consultar el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento del Ministerio de Justicia.
Esta consulta te permite saber si la persona asegurada contrató una póliza y con qué entidad.
- Se puede realizar pasados quince días desde el fallecimiento.
- Se debe presentar el certificado de defunción y rellenar un formulario oficial.
- Tiene un coste muy bajo (una tasa) y se puede hacer presencialmente o en línea con certificado digital.
Documentación necesaria para reclamar el capital
Una vez localizada la compañía aseguradora (o si ya lo sabías), hay que presentar una serie de documentos. En general, te pedirán:
- Certificado de defunción de la persona asegurada.
- Certificado de últimas voluntades.
- Copia del testamento, si lo hay.
- Documento que acredite que eres beneficiario (puede aparecer en la póliza o ser el heredero legal).
- DNI del beneficiario.
- Informe médico o parte de defunción, según el caso.
Cada compañía puede solicitar algún documento adicional, pero estos son los más habituales.
Plazo de pago
La ley obliga a las aseguradoras a pagar el capital asegurado en un máximo de 40 días hábiles desde que se ha presentado toda la documentación requerida.
A partir del día 45, si no han pagado y no existe una causa justificada, empiezan a acumular intereses de demora, e incluso pueden tener responsabilidad por daños y perjuicios.
Si crees que la compañía está retrasando el pago sin motivo, consulta con un abogado o con una agencia de seguros de confianza.
¿Y si no estoy seguro de si soy beneficiario?
A veces, la póliza designa beneficiarios con fórmulas genéricas como “el cónyuge” o “los hijos”. En estos casos, hay que acreditar la relación con el asegurado (libro de familia, certificado de matrimonio, etc.).
También puede ocurrir que no se haya designado ningún beneficiario. En ese caso, el capital pasa a formar parte de la herencia y debe ser repartido entre los herederos legales.
¿Tienes dudas? No estás solo/sola
Sabemos que estos trámites se realizan en un momento de duelo. Y por eso nos ponemos a tu lado.
En AEXA – Seguros Caldes te ayudamos a:
- Localizar el seguro si no sabes dónde está.
- Hacer el listado de la documentación necesaria.
- Tramitar la reclamación ante la compañía.
- Revisar si hay discrepancias o exclusiones.
Todo, con acompañamiento humano, paciencia y claridad.
Conclusión: reclamar un seguro de vida no tiene por qué ser un quebradero de cabeza
Si estás en este momento, lo primero que queremos decirte es que sentimos tu pérdida. Y que, si hay un seguro de vida contratado, es el momento de utilizarlo para aquello para lo que fue creado: ayudarte a ti y a tu familia.





